CONTROL SANITARIO
El Decreto 204/2012 establece la creación del Rexistro Galego Sanitario de Empresas e Establecementos Alimentarios (REGASA), cuya finalidad es la protección de la salud pública y de los intereses de los/las consumidores/consumidoras, pretendiendo facilitar el control oficial y regular el procedimiento para la inscripción, modificación y/o cancelación de las empresas inscritas en este registro.
El REGASA tiene carácter autonómico, existiendo un registro unificado para toda la Comunidad Autónoma de Galicia;
Se inscribirán en él las empresas que reúnan los siguientes requisitos:
1. Que el operador económico tenga sede, domicilio, agencia o ejerza actividad comercial en la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Que la actividad que realice consista exclusivamente en manipular, transformar, envasar, almacenar o servir alimentos para su venta o consumo in situ al consumidor final, con o sin reparto a domicilio, o a colectividades; así como cuando estos refuercen a otros establecimientos de estas características y se trate de una actividad residual, en términos tanto económicos como de producción respecto de la realizada por aquellos, que se lleve a cabo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.
No tendrán que inscribirse en el REGASA las empresas que ya figuren inscritas según el Real Decreto 191/2011.